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title: "Defensa del Consumidor: comercios deben responder por pertenencias que se guarden en casilleros"
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description: "Se trata de la exigencia que alcanza a aquellos locales donde existen casilleros o lockers para que los clientes guarden sus carteras o mochilas."
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  - "comercios"
  - "consumidores"
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# Defensa del Consumidor: comercios deben responder por pertenencias que se guarden en casilleros

![defensa del consumidor](http://cuyonoticias.com/download/multimedia.normal.b50574fd313565e5.646566656e73612064656c20636f6e73756d69646f725f6e6f726d616c2e6a706567.jpeg)Es muy común que los**consumidores**entren en hipermercados, comercios y autoservicios y les exijan dejar sus pertenencias en casilleros ubicados en la entrada a tal fin. Pero por lo general, un cartel avisa que el local "no se hace responsable de pérdidas o extravíos".  
  
La **Dirección de Defensa del Consumidor (DDC)** multó recientemente a un hipermercado por violación del artículo 4º de la Ley nacional 24240, al brindar información falsa a los consumidores por medio de calcomanías o cartelería ubicada en los lockers o casilleros, con la leyenda: “No se asume responsabilidad alguna ante un eventual robo o hurto del contenido”.

Recordemos que ese artículo de la ley establece que “el proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización”.

Por esto, considera la **DDC** que si el comercio ofrece a los consumidores un servicio de guarda o custodia de bolsos o pertenencias que estos llevan consigo, resulta evidente que la empresa asume una obligación de custodiarlos. Y, ante el perjuicio por robo o hurto de esas pertenencias, surge entonces la responsabilidad del negocio de responder por el daño sufrido en favor del consumidor o cliente.

Es válido destacar, en este sentido, que los **proveedores** de estos rubros suelen requerir a los **potenciales clientes que ingresen al local sin sus bolsos y los dejen en casilleros, no como solicitud sino como exigencia para la compra en el local.**

Frente a inconvenientes derivados de esta situación, se sugiere al consumidor que pida el Libro de Quejas del comercio y registre ahí el problema, como constancia del hecho. Al mismo tiempo, se recomienda reforzar el reclamo por una de estas vías de la **DDC**:

**148@mendoza.gov.ar**  
**148 opción 3 (días hábiles, de 8 a 15)**  
**148 Mendoza**

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