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title: "Mendoza: quienes pueden usar el transporte público en estos 9 días?"
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description: "Funcionará como domingo los próximos nueve días y estará habilitado sólo para las actividades permitidas."
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date_published: "2021-05-22T13:16:00-03:00"
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  - "mendoza"
  - "transporte publico"
author_name: "Periodistas CuyoNoticias"
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# Mendoza: quienes pueden usar el transporte público en estos 9 días?

![E17wZ4PWQAQKVt6](http://cuyonoticias.com/download/multimedia.normal.9ebee1d75635b088.453137775a3450575141514b5674365f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)El gobierno de Mendoza ha dispuesto nuevas restricciones para la realización de actividades y la movilidad de las personas. Se establece que a partir de las 0 del 22 de mayo de 2021 y hasta las 0 del 30 de mayo del 2021, las empresas del servicio de transporte regular urbano de pasajeros deberán aplicar para los días hábiles, sábados, domingos y feriado los horarios de domingo vigentes.

Además, durante el plazo estipulado, únicamente podrán hacer uso del servicio público de transporte de pasajeros urbano del Área Metropolitana del Gran Mendoza**las personas que realicen actividades habilitadas**.

**Mendoza: Servicios de media y larga distancia provincial**

Las nuevas disposiciones indican que, a partir de las 0 del 22 de mayo de 2021 y hasta las 0 del 30 de mayo del 2021, las empresas del servicio de transporte regular de pasajeros de media y larga distancia solo podrán prestar el servicio de transporte de pasajeros en las zonas y recorridos habilitados en la presente resolución. Para los días hábiles, sábados, domingos y feriado, **se deberán aplicar los horarios de domingo vigentes**.

De forma excepcional se podrán realizar recorridos a destinos provinciales y hacia el Gran Mendoza, únicamente para trasladar a personal de Salud, personal perteneciente a las fuerzas de seguridad, personas que por enfermedad grave o tratamientos prolongados no puedan atenderse en hospitales o centros asistenciales cercanos a su domicilio con un acompañante, **personas que deban trasladarse para el cuidado de familiares internados en hospitales o centros asistenciales**y demás personas que realicen actividades habilitadas.

Las personas precedentemente exceptuadas deberán acreditar su condición de la siguiente forma:

a) El personal de la Salud deberá exhibir en las boleterías correspondientes su último **bono de sueldo o credencial profesional.**

b) El personal perteneciente a las fuerzas de seguridad deberá exhibir en las boleterías correspondientes la **credencial que acredite su calidad**.

c) Las personas que por enfermedad grave o tratamientos prolongados no puedan atenderse en hospitales o centros asistenciales cercanos a su domicilio y las personas que deban trasladarse para el cuidado de familiares internados en hospitales o centros asistenciales deberán exhibir en las boleterías correspondientes **un certificado médico que acredite esa situación personal o del familiar enfermo al que deban asistir.**

**Situación de servicios de transporte dentro de cada departamento o región**

Para la zona del **departamento de Lavalle, únicamente podrán prestar servicios en los recorridos departamentales y no podrán realizar recorridos hacia el Gran Mendoza**, con excepción de lo dispuesto por resolución. De forma excepcional, se podrán realizar recorridos a destinos provinciales y hacia el Gran Mendoza.

Para la **zona Este, únicamente podrán prestar servicios en los recorridos departamentales y entre los departamentos de San Martín, Junín, Rivadavia, Santa Rosa y La Paz.** No se podrán realizar recorridos hacia el Gran Mendoza y hacia otros destinos provinciales, con excepción de lo dispuesto por resolución. De forma excepcional, se podrán realizar recorridos a destinos provinciales y hacia el Gran Mendoza.

Para la **zona Centro, únicamente podrán prestar servicios en los recorridos departamentales y entre los departamentos de Tunuyán, San Carlos y Tupungato.**No se podrán realizar recorridos hacia el Gran Mendoza y hacia otros destinos provinciales, con excepción de lo dispuesto por resolución. De forma excepcional, se podrán realizar recorridos a destinos provinciales y hacia el Gran Mendoza.

Para la **zona Sur, únicamente podrán prestar servicios en los recorridos departamentales y entre los departamentos de San Rafael, General Alvear y Malargüe.**No se podrán realizar recorridos hacia el Gran Mendoza y hacia otros destinos provinciales, con excepción de lo dispuesto por resolución. De forma excepcional, se podrán realizar recorridos a destinos provinciales y hacia el Gran Mendoza.

Para la zona de **Alta montaña, solo se podrán prestar servicios en los recorridos zonales internos.** No podrán realizar recorridos hacia el Gran Mendoza, con excepción de lo dispuesto por resolución. De forma excepcional, se podrán realizar recorridos a destinos provinciales y hacia el Gran Mendoza.

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