FOPEA alerta por censura judicial en Tucumán

El Foro de Periodismo Argentino rechazó la cautelar que prohíbe a periodistas y productores de CCC referirse a fiscales y magistrados provinciales.

El Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) manifestó su preocupación y rechazo ante la decisión de la Justicia de Tucumán que impone un bozal legal a periodistas, productores y conductores de la empresa Compañía de Circuitos Cerrados (CCC). La medida, dictada por el juez subrogante Lucas Taboada, prohíbe difundir contenidos sobre fiscales y magistrados locales durante seis meses.

Alcance de la medida cautelar
La resolución judicial surgió a partir de una denuncia penal del titular del Ministerio Público Fiscal de Tucumán, Edmundo Jiménez, contra Gustavo Olarte, director de CCC. La presentación lo acusa de entorpecimiento de la función pública, coacción institucional e incitación a la violencia o al descrédito institucional.

El juez Taboada extendió la medida no solo al directivo, sino también a todos los periodistas, productores y conductores de la empresa. Ordenó el cese inmediato de la difusión —por televisión, radio, medios digitales o redes sociales— de todo contenido que injurie o desacredite a fiscales o magistrados, bajo apercibimiento de desobediencia judicial.

Un antecedente reciente
FOPEA recordó un precedente judicial relevante: la causa por la prohibición de difusión de audios atribuidos a Karina Milei. En aquel caso, un juez intentó impedir la circulación de esos materiales, aunque posteriormente un tribunal civil revocó la medida, sosteniendo que se trataba de un acto de censura incompatible con la libertad de expresión.

Los magistrados de ese tribunal destacaron que los funcionarios públicos están sujetos al escrutinio social, y que, aunque las acusaciones sean severas, no pueden prohibirse preventivamente las expresiones críticas. Subrayaron que la exposición pública es inherente a la función estatal.

Riesgo para la libertad de expresión
En su comunicado, FOPEA advirtió que la decisión de la Justicia tucumana afecta el derecho a la información de la ciudadanía y pone en riesgo la libertad de prensa, principios fundamentales amparados por la Constitución Nacional y tratados internacionales.

El foro enfatizó que esta medida representa un acto de censura previa, ya que impide el ejercicio del periodismo antes de que se haya comprobado la existencia de un delito o daño.

Censura y derecho constitucional
La organización recordó que la jurisprudencia nacional e internacional sostiene que el honor y la intimidad no admiten, como regla general, protección judicial preventiva, sino remedios reparatorios posteriores. Este principio se refuerza cuando la información difundida involucra a funcionarios públicos o magistrados, dado que sus actuaciones deben poder ser analizadas por la sociedad.

FOPEA reiteró que la libertad de expresión es un pilar esencial de la democracia y que ninguna medida judicial puede restringir preventivamente la tarea periodística sin afectar el derecho ciudadano a recibir información veraz y plural.

Reacción del sector periodístico
La resolución del juez Taboada generó repercusiones en medios locales y nacionales. Diversos periodistas y organizaciones profesionales coincidieron en que el fallo sienta un precedente peligroso al limitar la posibilidad de informar sobre la actuación del Poder Judicial.

Desde el ámbito académico y jurídico, especialistas en derecho constitucional señalaron que una decisión de esta naturaleza contradice los estándares internacionales fijados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que prohíbe expresamente cualquier tipo de censura previa.

Pedido de rectificación judicial
Por último, FOPEA exigió la inmediata restitución de los derechos constitucionales vulnerados y solicitó al Poder Judicial tucumano reconsiderar la medida. “La decisión no solo afecta a los trabajadores de prensa, sino también al conjunto de los ciudadanos, que tienen derecho a ser informados sobre la gestión de los poderes públicos”, expresó la entidad.

El foro concluyó que la transparencia institucional y la crítica pública son componentes esenciales de una sociedad democrática. “Toda limitación preventiva a la difusión de información sobre funcionarios públicos configura una forma de censura que debe ser rechazada de plano”, remarcaron en el comunicado. 

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