FOPEA alerta sobre un artículo que podría criminalizar al periodismo

El Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) advierte sobre un riesgo concreto para la libertad de expresión dentro del proyecto de “Ley de Defensa de la Soberanía Nacional”, que el Poder Ejecutivo remitió al Congreso de la Nación.
Ley de Soberanía Nacional: FOPEA alerta sobre un artículo que podría criminalizar al periodismo.

Partiendo de la premisa del legítimo reclamo por las Islas Malvinas, y reconociendo la necesidad de proteger la limpieza de los procesos electorales, hay aspectos del proyecto de ley que deben ser mejorados, para no ocasionar un retroceso en la discusión libre, penalizar el ejercicio legítimo del periodismo y limitar la crítica política y de asuntos de interés público.

Dentro de su articulado, el Título VI incorpora el artículo 225 bis al Código Penal, que reprime con prisión de 5 a 12 años (y de 8 a 15 en supuestos agravados) a quien, actuando por cuenta, orden o financiamiento de un Estado, organización o agente extranjero, “procure alterar procesos electorales o manipular la opinión pública mediante campañas coordinadas de desinformación masiva”.

FOPEA reafirma su compromiso con la lucha contra la desinformación y contra las operaciones de injerencia extranjera destinadas a distorsionar el debate público. Ese objetivo es legítimo y compartido por cualquier organización que defienda la calidad institucional de la democracia.

Sin embargo, la redacción del artículo 225 bis propuesta por el PEN presenta un riesgo cierto para el ejercicio del periodismo y de la libertad de expresión. En particular, la descripción de la conducta típica del delito como “manipular la opinión pública” y la descripción de “desinformación” carecen de la precisión que exige la materia penal. No delimitan con claridad qué conducta se castiga y dejan un margen amplio para que la norma sea aplicada de manera discrecional. La experiencia comparada muestra que normas de este tipo, presentadas bajo la bandera de la soberanía o la seguridad nacional, terminaron utilizándose para castigar el disenso, desalentar la crítica periodística y el trabajo de organizaciones de la sociedad civil en distintos países de la región y de Europa del Este.

Tras una revisión por parte de especialistas y de constitucionalistas, entendemos que es conveniente una modificación de esta redacción, compatibilizándola con la Constitución y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.

Por ello, FOPEA insta al Congreso de la Nación a separar el tratamiento de este artículo del proyecto de soberanía y a revisar su redacción con participación de organizaciones de prensa y de derechos humanos, incorporando una definición taxativa de las conductas que se pretende sancionar y una cláusula expresa que excluya de toda responsabilidad penal a la difusión de opiniones, informaciones o críticas amparadas por la libertad de expresión.

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