Denominación de origen para la Raza Criolla Caprina

El Senado de Mendoza avaló la iniciativa que busca registrar y proteger esta raza para que se identifique como local, también contó con apoyo internacional

La Cámara de Senadores aprobó durante la sesión de este martes un proyecto, que tiene por objeto reconocer la denominación de origen de la Raza Criolla Caprina que habita el sur de la provincia de Mendoza como “Cabra Criolla del Sur de Mendoza”. La iniciativa pertenece a la senadora malargüina, Jésica Laferte. La propuesta fue aprobada por unanimidad y remitida al Poder Ejecutivo para su posterior promulgación.

La intención del proyecto es que el caprino de la zona, logre identificarse como una raza típica local de los departamentos Malargüe, General Alvear, San Rafael, San Carlos y Tunuyán.

Durante el tratamiento la senadora Jésica Laferte explicó que con esto buscan “crear un Consejo de Denominación de Origen de la Cabra Criolla del Sur  Mendocino cuyos integrantes serán designados por la autoridad de aplicación y tendrá participación tanto pública como privada en representación de los distintos eslabones de la cadena de producción caprina del sur mendocino”, explicó.

Además justificó su proyecto argumentando que “actualmente la Cabra Criolla del Sur de Mendoza, a pesar de sus características diferenciales, no tiene una denominación de origen reconocida institucionalmente. Sin embargo, los caprinos del sur mendocino son llevados en pie o faenados hacia otras provincias y salen al mercado bajo la denominación o tipificación de las provincias que lo comercializan perdiendo nuestra zona el valor de la exclusividad del producto y de diferenciación por calidad”.

Es importante tener en cuenta que la denominación de origen sirve para destacar las aptitudes de una especie determinada dadas por su origen, lo que le permite diferenciarse del resto, destacar sus características particulares, incorporándole valor al producto y beneficios al productor, y en este caso al sector ganadero, a las actividades gastronómicas, turísticas y en general a todo el ecosistema productivo y económico vinculado a la actividad.

La Raza Criolla de gran desarrollo en Argentina, posee en general, un genoma que se viene manteniendo desde hace más de 500 años en América del Sur. Este genoma determina características de rusticidad y buena adecuación al medio donde viven, distinguiéndose aproximadamente seis (6) tipificaciones en el país, dentro de las cuales no se ha reconocido hasta la actualidad a nuestra Cabra Criolla del Sur de Mendoza por ninguna legislación, tanto a nivel provincial como nacional. Pese a ello, gracias a las investigaciones realizadas, se ha logrado su reconocimiento por la FAO (Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura), que opera desde 1945.

La Meseta Central de Mendoza, abarca una superficie aproximada de 6 millones de hectáreas. Dentro de la zona hay aproximadamente 2.240 productores con unas 787.000 cabezas, de las cuales la raza Criolla representa más del 80% de las razas de caprinos, siendo Malargüe el departamento con mayor existencia de ganado caprino de la provincia (59,3% dato brindado por Dirección de Ganadería). Aún más, el sur mendocino es una de las principales regiones de desarrollo de la actividad caprina a nivel país, con cría de la raza Criolla del Sur de Mendoza.

Por otro lado, Argentina posee un Régimen Legal de Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen de Productos Agrícolas y Alimentarios, constituido por la Ley Nº 25.380 y su modificatoria Ley Nº 25.966, Decreto Reglamentario Nº 556/2009 emitido por el Poder Ejecutivo Nacional.

En este marco legal las Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen constituyen herramientas que permiten diferenciar y hacer distinguible la calidad de un producto relacionada con su origen geográfico. Asimismo, otorgan protección legal al nombre, al producto y al grupo interesado, y tienden a promover el desarrollo rural, transformándose así en fuente de generación de valor agregado al producto comercializado en la zona. Ya que permite identificar, proteger y registrar los productos, diferenciarlos de los similares de su clase y de este modo tener la posibilidad de denunciar imitaciones o falsificaciones que pretendan aprovechar ilegítimamente el prestigio y reputación de los productos genuinos.

El producto típico es el cabrito lechado o faenado antes de los 80 días. Asimismo, la carne tanto de cabritos como de cabras resulta más saludable dado que es magra, posee menor cantidad de grasa intramuscular (el 70 % son grasas insaturadas) y su composición contiene menos colesterol que otras carnes que se consumen en Argentina. La denominación de origen permitirá asociar directamente este producto de calidad con el departamento del sur mendocino, incrementando su valor y fomentando un mayor desarrollo del mercado caprino en la zona.

Cabe mencionar que, los análisis para la genotipificación se realizan en el laboratorio de la Universidad de Córdoba en España, que es la institución de referencia para la FAO y para toda Iberoamérica. Dicho análisis, como mínimo, se realiza a 80 cabras con un costo de 65 euros por animal (costo a mayo del 2022) bajo la supervisión del Dr. Juan Vicente Delado, jefe del Laboratorio y presidente de Conbiand (Red Internacional de Conservación de Biodiversidad de Animales Domésticos de Razas Locales para el Desarrollo Local Sostenible).

Se estudiaron todas las variables zoométricas y se aplicó la tipificación hecha por FAO. Es importante resaltar que la información obtenida a través de las variables zoométricas evaluadas han determinado que el coeficiente de variación de la cabra criolla es menor al 9%, siendo 15% un umbral por debajo del cual el resultado es muy bueno y puede otorgar tipicidad. Esta homogeneidad permite definir que la población caprina del sur mendocino pertenece a un tronco genético común, que la caracterizaría como integrante de una Agrupación Racial definida, la cual se ha denominado cabra criolla del sur de Mendoza.

Toda la información propuesta en la presente Ley tiene como sustento las investigaciones realizadas por nuestro asesor en la materia, el Dr. Patricio Dayenoff (Médico veterinario y Doctor en Veterinaria). Quien trabaja y estudia este fenómeno desde 1985.

Esta Ley cumple con la misión de la Dirección Provincial de Ganadería: propender al desarrollo de la Ganadería en todos sus niveles, en el ámbito de la provincia de Mendoza. También, cumple con el ODS N°8 (Objetivos de Desarrollo Sostenible), que busca promover el crecimiento económico inclusivo y sostenible, el empleo, y el trabajo decente para todos.

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