
La Policía de Mendoza incautó 11 medidores eléctricos con numeración limada y detuvo a un sospechoso en el marco de la Ley de Cobre. Un flagelo actual.


Los doce integrantes están acusados de integrar una organización que traía mercadería de China,que se vendía en Argentina después de pasar por Chile. El delito había sido descubierto hace 4 años.
Policiales01/07/2022 Eduardo Luis Ayassa

Con la ausencia del chino Zheng Cheng, que se encuentra prófugo, este jueves la Justicia Federal en Mendoza dictó la condena contra los 12, de los 13 imputados de integrar una organización que, en un par de años, logró introducir mercadería de origen chino, vía Chile a la argentina por más de 60 millones de pesos. La causa se había iniciado en julio del 2018, con un mega operativo con más de una docena de allanamientos que termino con 4 empresarios mendocinos, quedaron detenidos, se logró el secuestro de 5 millones de pesos en efectivo, 12 vehículos de alta gama, documentación y una gran cantidad de mercadería como pirotecnia, juguetes, cigarrillos, termos y pelotas de fútbol.


La actividad, según el juicio, consistía en que la banda traía mercadería desde China hacia Chile a través de una sociedad anónima, uno de los titulares y presunto "jefe" era el chino Cheng Zheng.
La mercadería ilegal ingresaba a Mendoza, evadiendo los controles con complicidad de personal de Aduana y era distribuida en distintos puntos de venta en la misma provincia y Buenos Aires.
Los condenados Condenando a José Rodríguez Núñez (a) Gordo, con domicilio en B° Dalvian y actualmente detenido en el penal de Cacheuta, a la pena de 9 años de prisión, sumando además a la pérdida de las concesiones, regímenes especiales, privilegios y prerrogativas de que gozare; a la inhabilitación especial de 5 años para el ejercicio del comercio; a la inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como miembro de las fuerzas de seguridad; y a la inhabilitación absoluta por doble tiempo que el de la condena para desempeñarse como funcionario o empleado público, por considerarlo penalmente responsable de la infracción al artículo 210, segunda parte del Código Penal. Igual pena recibió Daniel Gonzalo Martínez Pinto, comerciante, también detenido en el complejo de Luján Mientras que la condena para a Adrián Forcada Salassa (a) Gato (actualmente con prisión domiciliaria)fue de 5 años y 6 meses de cárcel, al igual que Nam Ho Park Lee (coreano detenido en Jujuy), Eugenio Javier Nasi Pereira, Jorge Alejandro Rojas Huerta (chileno) y Federico Barón Knoll (empleado de aduana).
En la misma sentencia (Nº 2258), el Tribunal integrado por los jueces María Paula Marisi, Alejandro Waldo Piña y Alberto Daniel Carelli, condenó a Ángel Sebastián Palumbo Cerdan a 4 años y 6 meses de prisión. Y a solo 4 años de cárcel a Pedro Emilio Escárate Vera (chileno) y Juan Marcelo Agüero Bustos y Sebastián Horacio Espejo Reyes, mientras que para Juan Alberto Oliva Soria la pena impuesta fue de 4 años y 2 meses de prisión.
El extenso fallo termina condenando a Mario Manuel Rodríguez Iturralde a la pena de 2 años de prisión con el beneficio de la condena condicional.
Todos en mayor o menor medida fueron encontrados responsables del delito previsto en el artículo 210 del CP, que habla de que "Será reprimido con prisión o reclusión de tres a diez años, el que tomare parte en una asociación o banda de tres o más personas destinadas a cometer delitos por el solo hecho de ser miembro de la asociación...".
Cabe destacar que del juicio participaron la Fiscal General Subrogante, doctora María Gloria André, en representación del Ministerio Público Fiscal; de los doctores Guillermo Daniel Aguilera y María Pía Olaguer Feliú, en representación de la parte querellante AFIP-DGA. Además de 13 abogados defensores



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