Fallo frena suba de prepagas y marca un precedente
El juez declaró inconstitucionales los artículos 265, 266 y 267 del DNU 70/2023, normativa que había eliminado el rol de contralor de la Superintendencia de Servicios de Salud, permitiendo a las prepagas fijar cuotas sin regulación. A partir de la sentencia, cualquier nuevo aumento deberá ser avalado por dicho organismo o, en su defecto, regirse por el índice IPC del INDEC como tope máximo.
Justicia federal en Mendoza anula aumentos y declara inconstitucionales artículos del DNU 70/2023
Además, se ordenó la devolución de los montos cobrados de más desde enero de 2024 mediante notas de crédito a favor del afiliado. Las abogadas del caso, María Laura Cannizzaro y Roxana Tejada, destacaron que este fallo sienta un precedente que podría motivar a otros afiliados a presentar reclamos judiciales.
Esta sentencia abre la puerta a una posible ola de demandas y pone en tela de juicio la constitucionalidad de parte del DNU que desreguló el sistema de salud privado en Argentina.