Condena a 7 años y medio por abuso sexual

La Cámara Penal condenó a Gustavo H. Funes a 7 años y 6 meses por abuso sexual con acceso carnal contra una adolescente en Villa de Merlo- San Luis.

La Cámara Penal de la Tercera Circunscripción, con sede en Concarán provincia de San Luis, condenó a Gustavo Horacio Funes a siete años y seis meses de prisión por abuso sexual con acceso carnal contra una adolescente. El tribunal resolvió por unanimidad y ordenó su traslado al Servicio Penitenciario Provincial para el cumplimiento de la pena.

 
El debate se desarrolló a lo largo de cuatro jornadas ante un tribunal integrado por Daniel Gustavo Sanchiño (presidente) y las vocales María Claudia Ucello y Sandra Elizabeth Piguillem . Este cuerpo judicial se encargó de evaluar la totalidad del material probatorio presentado. La Fiscalía de Instrucción Penal con intervención en contexto de género, diversidad sexual, infancias y adultos mayores, a cargo de la fiscal Adriana Elizabeth Cangelosi , sostuvo la acusación desde el inicio del proceso. 

La fiscalía solicitó una pena de ocho años de prisión para el acusado, basándose en la gravedad del delito imputado. La Defensoría de Niñez, Adolescencia e Incapaces, representada por María Luz Vílchez y Camila Sánchez, adhirió tanto a la calificación legal como al pedido de condena propuesto por la Fiscalía.

Durante las audiencias, se produjo una extensa presentación de pruebas y testimonios. Declararon testigos presenciales que pudieron aportar detalles sobre el contexto en que ocurrió el hecho. Asimismo, se incorporaron los informes de peritos médicos y psicólogos que expusieron las lesiones físicas y el profundo impacto psicológico que el suceso generó en la víctima. Un elemento central en el proceso fue la declaración de la adolescente , la cual se tomó mediante el mecanismo de Cámara Gesell . Este procedimiento se aplica para registrar el testimonio de menores de edad o víctimas vulnerables en un entorno de contenido y con las debidas condiciones de protección, garantizando así su derecho a ser oída sin revictimización.

La defensa, a cargo de los abogados Juan Manuel Zavala y Omar Esteban Uría, mantuvo la postura de la inocencia del acusado a lo largo de todo el debate. En sus alegatos finales, la defensa solicitó formalmente la absolución de Funes.

El tribunal, tras escuchar los alegatos finales de las partes, procedió a la valoración de la prueba en su conjunto. La condena por abuso sexual con acceso carnal fue resultado por unanimidad de los miembros de la Cámara.

El fallo, que inició la pena de siete años y seis meses de prisión, incluyó la orden de traslado inmediato de Funes al Servicio Penitenciario Provincial para el cumplimiento de efectivo de la pena. Además, se dispuso el secuestro de diversos elementos probatorios y la incorporación de peritajes complementarios que se anexarán al expediente de la causa. El tribunal fundó su decisión en la valoración conjunta y concatenada de todos los testimonios, las pericias científicas y la declaración de la víctima tomada en la Cámara Gesell, tal como quedó consignado en el acta de audiencia.

La Fiscalía indicó que el hecho ocurrió en el año 2023 en Villa de Merlo provincia de San Luis. El suceso se dio durante una reunión social en el domicilio del imputado, a la que la adolescente había sido invitada, y entre ellos no existía una relación previa . Según la acusación, la víctima abandonó el lugar en estado de shock y fue asistida por otras personas que se encontraban presentes.

 
Repercusiones y próximos pasos del caso
 

La condena impuesta por la Cámara Penal de la Tercera Circunscripción tiene efectos penales inmediatos . El condenado será trasladado al Servicio Penitenciario Provincial para comenzar a cumplir la pena impuesta de siete años y medio de prisión. La defensa de Gustavo H. Funes anunció que evaluará las vías legales disponibles y que, en consecuencia, podrá interponer los recursos que correspondan en los plazos previstos por la ley procesal. Esta instancia podría incluir recursos de casación ante instancias superiores.

En paralelo, el expediente judicial seguirá su curso administrativo con la incorporación de los peritajes complementarios y la documentación que ya forma parte de la causa. Desde el punto de vista procesal, la integración de la declaración de la víctima mediante Cámara Gesell y la contundencia de los informes periciales fueron señalados como elementos cruciales en la conformación de la prueba valorada por el tribunal. Las autoridades judiciales destacaron que se actuó conforme a los protocolos de protección de víctimas y testigos , garantizando la asistencia técnica y el soporte psicológico durante toda la tramitación del proceso. En la audiencia no se informaron medidas relacionadas con la reparación civil. En caso de que la parte damnificada decida promoverlas, estas acciones deberán tramitarse por la vía correspondiente ante los tribunales competentes.

La fiscalía, que había solicitado una pena ligeramente superior (ocho años), expresó su conformidad con la decisión del tribunal en cuanto a la calificación legal del delito y la condena dictada, mientras que la Defensoría de Niñez, Adolescencia e Incapaces mantuvo su adhesión al requerimiento fiscal. La resolución judicial se enmarca en las normas penales aplicables al delito de abuso sexual con acceso carnal y en los protocolos de actuación específicos para causas que involucran a personas menores de edad. En la comunidad de Villa de Merlo y en el ámbito de la provincia de San Luis, el caso generó un interés público considerable. Las autoridades judiciales hicieron hincapié en la necesidad de respetar el secreto de sumario en las etapas que aún lo requieran y, principalmente, en la protección de la identidad de la víctima , garantizando su privacidad. Finalmente, el expediente quedará a disposición de las partes para las legales que consideren pertinentes, y el tribunal remitirá las acciones al Servicio Penitenciario para que se concrete el alojamiento del condenado conforme a la normativa vigente.

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