
San Juan y Mendoza, zona de control unificado de seguridad
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La reforma beneficiará a profesores de educación física que por incompatibilidad con la función pública, no podían trabajar si tenían empleo en la comuna.
Política02/08/2024En el Salón Amarillo, el intendente Ulpiano Suarez recibió a referentes de distintas entidades para dialogar y debatir sobre el proyecto de ley que consiste en la modificación del Estatuto del Empleado Municipal, que beneficiará a los profesores de educación física de toda la provincia.
Al intendente lo acompañaron la secretaria de Gestión Pública, Érica Rojas; el secretario de Gobierno, Pablo Espina; junto a parte del equipo de gestión que impulsó esta iniciativa. También estuvieron el subsecretario de Deportes de la provincia, Federico Chiapetta; la diputada Cecilia Rodríguez; la senadora Claudia Najul; y el rector del Instituto de Educación Física (IEF), Luis Castillo, entre otros.
“Quiero destacar el trabajo en equipo que se realizó para llegar hasta acá. Estaba la problemática, se pusieron a trabajar y se dieron respuestas. Es un proyecto que se aprobó por unanimidad en la Legislatura y que beneficiará a todos los profesores de la provincia. Agradezco a todas las partes involucradas por su compromiso y aportes realizados para arribar a una solución que reconoce el gran trabajo que realizan los profesores en nuestra comunidad”, señaló Ulpiano Suarez.
La propuesta, impulsada desde la Ciudad y que fue presentada por la diputada Cecilia Rodríguez, ya tiene media sanción de la Cámara de Diputados. Consiste en modificar el Estatuto del Empleado Municipal para eliminar las incompatibilidades que impedían a los profesores de educación física tomar otros trabajos en horarios fuera de su labor pública.
Cada trabajo que los profes tomaban en cualquier ámbito público, ya sea municipal, provincial o nacional, era considerado como un cargo. Entonces cuando trabajaban en una entidad y querían tomar más horas en otra institución, aparecía la incompatibilidad porque no se podían tener dos cargos en el ámbito público.
Esta modificación agrega un inciso (el d) al artículo 5° de la Ley 5892 - Estatuto Escalafón Municipal, en el que se sumó la categoría de horas recreativas a los agrupamientos existentes. “Cumplen funciones en el agrupamiento de horas recreativas, aquellos agentes que realicen tareas consistentes en la práctica de deportes, actividades lúdicas, actividades al aire libre, consumo cultural o socio familiares etc., que en razón de la función o con ocasión del mismo deba realizarse en horarios rotativos o discontinuos. La única incompatibilidad respecto a este agrupamiento es la superposición horaria con cargos administrativos y/u horas recreativas. El presente agrupamiento no constituye categoría de cargo”, establece el mencionado inciso.
Ahora, la iniciativa deberá ser tratada en el Senado provincial para finalmente dar una respuesta concreta a las necesidades planteadas por estos profesionales a raíz de su labor en los municipios de Mendoza.
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