
La lista “Libre en Acción” ganó las elecciones del Colegio de Abogados de San Luis con el 47,47 % de los votos. Gabriel Alessandro fue reelecto presidente.


La sentencia del Segundo Juzgado de Gestión Asociada en lo Civil le pone punto final a un litigio generado hace más de 5 años por una operación mamaria.
Sociedad15/11/2022 Eduardo Luis Ayassa

La Obra Social de Empleados Públicos (OSEP) en la provincia de Mendoza (Argentina), fue condenada al pago de más de 3 millones de pesos al prosperar una demanda por daños y perjuicios de una afiliada.


La sentencia lleva la firma del juez Carlos Dalla Mora del 2º Juzgado de Gestión Asociada en lo Civil. Y asi se cierra un expediente iniciado hace más de 5 años por una mujer a la que diversos estudios médicos le diagnosticaron un tumor en su mama izquierda, lo que determina una intervención quirúrgica (mastectomía y vaciamiento axilar de la mama izquierda) en el hospital Virgen de la Misericordia, operación que estuvo a cargo de la doctora Blanca Llanca.
Sin embargo, el informe de anatomía patológica indicaba “que no se identifica lesión tumoral, no aparecen tumores…”. Situación que llevó a la profesional interviniente a comentarle “ponete contenta, no tenés nada”.Esto quedó descartado de plano cuando se le practicó a la mujer una resonancia magnética de alto campo con contraste, donde se informa que los dos tumores que habían retirado, aún estaban. Es decir, la profesional sacó ganglios y mama, pero no los tumores.
Dicha conclusión fue ratificada por una ecografía mamaria que se le practicó con posterioridad. Meses más tarde, la denunciante fue sometida a una nueva intervención en el Hospital Español, llevada a cabo por el doctor Fernández Caram y su equipo, quien luego de ser operada le informó que “habían podido sacar los dos tumores y que no había infiltración en el músculo del pectoral”.
Con el patrocinio letrado del abogado Manuel Linares se inició una demanda contra OSEP por daño moral, pérdida de chance por cuanto la actora no pudo acceder a un cargo en la Dirección General de Escuelas por encontrarse de licencia por enfermedad y daño punitivo.
La obra social respondió rechazando de plano una mala praxis con el argumento que entre el 4% – 6% de los casos puede existir la posibilidad de no extirpación o extirpación incompleta. “Es decir, dicha situación no indica mala praxis.
Es una complicación propia de esta patología y práctica que puede estar motivada por un sinnúmero de situaciones técnicas durante la cirugía”. Agregando que “una vez detectado el problema, lo indicado, es resolver el mismo, cosa que hizo y OSEP puso todos los medios al alcance de la actora para poder solucionar la situación”. Desde el Tribunal de Gestión Asociada se informa que sustanciadas las pruebas admitidas, las partes alegaron oralmente en el orden de mérito que les tocó, quedando el expediente en estado de dictar sentencia.
Y en las extensas consideraciones se expresa que: "la responsabilidad médica se funda en la noción de culpa (arts. 512, 902 y cc. del C. Civil), culpa que se juzga “ex ante” y no “ex post facto”. (Highton - CNCiv, sala F, 13-3-2000, LL 2.00-F-360), debiendo agregar que, la doctrina, en su gran mayoría (salvo casos puntuales), ha considerado a la obligación del facultativo como de “medios”, o sea, que el diplomado tiene el deber de poner los medios razonablemente necesarios para llegar a un resultado, sin prometerlo” y agrega que “el Hospital está incurso frente al paciente en obligación tácita o garantía de seguridad que debe prestar para que el servicio de salud sea suministrado con la mayor eficacia posible (conf. Tercera Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minas, de Paz y Tributario “Barison, Beatriz E. y otros. c. Hospital Central y otros.” .
Y cierra que “en definitiva, es posible concluir en que el establecimiento asistencial tiene una fuente doble de responsabilidad, ya que, por un lado, es garante del desempeño del médico y responsable por la culpa en que incurra este o el personal del cual se vale para el cumplimiento del acto medical, y, por el otro, responde objetivamente prestando garantía cuando la responsabilidad se origine en una deficiente organización y funcionamiento de los distintos servicios que presta la entidad a su afiliado, encuadrándose el sub-lite, en estos supuestos, en las disposiciones de la Ley 24.240 y 26.682”.
Previo a la sentencia, el juez Carlos Dalla Mora destaca que “la temática debatida en este proceso hacen que concluya que la parte demandada ha actuado y litigado con razón y con derecho. No considero que haya habido una actitud relajante de la justicia que coloque al juicio a la altura de esta institución.
Las partes se han defendido, han ofrecido y conciliado pruebas, han colaborado con el Tribunal, comportándose con ética y buena fe, no ha habido temeridad ni malicia en las posturas sustentadas por las partes involucradas y sus letrados, el proceso se ha sobrellevado en un tiempo más que prudencial desde su iniciación hasta la celebración de la audiencia final, razones por las cuales considero que no resulta aplicable esta institución que, valga de paso decirlo, también es restrictiva y excepcional”, tras lo cual el magistrado sentencia: “Hacer lugar parcialmente a la demanda promovida por la mujer contra la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP), condenando a la demandada al pago de la suma de pesos tres millones sesenta y un mil setecientos setenta y cinco ($ 3.061.775,00), con más los accesorios legales en el plazo de diez días de quedar firme y ejecutoriada la presente sentencia”.
Fuente: CUIJ: 13-04717939-9((012052-264041))



La lista “Libre en Acción” ganó las elecciones del Colegio de Abogados de San Luis con el 47,47 % de los votos. Gabriel Alessandro fue reelecto presidente.

Ciudad de Mendoza, junto a la Bolsa de Comercio invitan a conocer "Un cielo profundo: Ultradistancias y Microscopías", muestra de arte que podrá disfrutarse hasta el 30 de enero de 2026 con entrada gratuita.

Más de 429 mil sanluiseños elegirán tres diputados nacionales con el sistema de Boleta Única de Papel. Habrá 1.335 mesas en toda la provincia.

La entidad sanluiseña, CAPSL, elegirá este jueves 23 de octubre 2025 nuevas autoridades. Están habilitados para votar cerca de 1.500 profesionales matriculados.

El Municipio avanza con obras en plazas, parques y paseos para mejorar la calidad de vida y fortalecer la convivencia.Un plan que transforma Godoy Cruz

Iniciativa que fusiona innovación tecnológica y conciencia social que transmite esperanza y solidaridad, Luces que inspiran en la circunvalación

Según un informe de Argentinos por la Educación, más jóvenes terminan la secundaria en el país, aunque la desigualdad sigue marcando diferencias.

Tres días de música, cultura y emoción en el corazón cuyano. El estadio del Bicentenario y el Velódromo se transforman en escenarios vibrantes para celebrar la identidad sanjuanina



Las bancas que se ponen en juego, hoy en manos de Unión por la Patria y Producción y Trabajo. Será la primera vez en que se utilice boleta única de papel

Sofocaron gran incendio en el Parque Industrial Norte de San Luis. Una persona fue demorada tras ser vista dentro del predio, donde se habría originado el fuego

Una mujer de 43 años fue hallada tras un operativo en zona serrana. Estaba descompensada y vinculada a una causa por robo de caballos.

El ministro de Defensa y primer candidato de la alianza libertaria con Cambia Mendoza, Luis Petri, resaltó este domingo la relevancia de que los mendocinos concurran a las urnas.

El mandatario emitió su voto en la Escuela Normal Mixta “Juan Pascual Pringles” de la capital provincial. Llegó caminando desde su domicilio, acompañado por colaboradores, y aguardó su turno como un ciudadano más.





