El proyecto minero San Jorge, ¿cumple con la ley 7722?
Por Eduardo Sosa Ex presidente Oikos Red Ambiental
Pero ¿realmente cumple con la ley 7722, esa norma emblemática nacida del conflicto social y defendida por la ciudadanía con una tenacidad que pocos textos legales pueden exhibir?
Una ley nacida de la resistencia
La ley 7722 no es una simple regulación ambiental. Es el resultado de años de movilización social, de marchas multitudinarias, de debates públicos y de una ciudadanía que se plantó frente a un modelo extractivista que amenazaba sus bienes comunes.
Surgida en 2007, tras el veto del entonces gobernador Julio Cobos a una ley que suspendía los permisos mineros hasta la elaboración de un Plan Ambiental (conocida como “Ley Difonso”), la 7722 estableció límites claros: prohibición de sustancias tóxicas como cianuro, mercurio y ácido sulfúrico; estudios específicos sobre recursos hídricos; ratificación legislativa de los proyectos; y participación ciudadana basada en criterios de cuenca.
Desde su sanción, la ley fue atacada por empresas mineras y sectores políticos de todos los colores. En 2015, la Corte Suprema provincial ratificó su vigencia, pero en el camino judicial, la Corte Suprema de la Nación cercenó parte de un párrafo que, precisamente, hoy le permite a la empresa minera presentar el mismo proyecto que fue rechazado hace 14 años.
En 2019, el gobernador Rodolfo Suárez intentó derogar la ley 7722 con acuerdo de los dos principales partidos políticos, el sector empresarial y los más importantes medios de comunicación, pero la ciudadanía respondió con una movilización histórica que obligó al gobierno a retroceder. La ley volvió a manos del pueblo, reforzada por su legitimidad social.
¿Cumple San Jorge con la ley?
La empresa San Jorge y el gobierno provincial aseguran que el proyecto cumple con la 7722. Es parte de su relato luego de denostarla por años, pero en esta oportunidad, el gobierno optó por cambiar la estrategia, manifestando que ahora sí puede hacerse minería “dentro de la 7722”.
Es cierto que no se utilizarán las sustancias prohibidas (aunque algunas de las sustancias declaradas sean tóxicas para la salud humana y la de los ecosistemas), lo que permite sortear el primer artículo. Pero el cumplimiento de los demás artículos es, como mínimo, cuestionable.
Primero, el estudio hídrico exigido por la ley —la Manifestación Específica de Impacto Ambiental sobre los Recursos Hídricos— no fue presentado. En su lugar, se entregaron estudios fragmentarios que no satisfacen los requerimientos técnicos, según dictámenes de especialistas y del propio Departamento General de Irrigación.
Segundo, el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental excluyó deliberadamente a municipios que deberían haber participado. La ley exige que se convoque a todas las regiones potencialmente afectadas. El proyecto San Jorge se ubica sobre dos cuencas hídricas que abastecen al Gran Mendoza, pero la autoridad ambiental minera decidió limitar la participación al departamento de Las Heras. Esta decisión, claramente política, evitó incorporar municipios no alineados con el oficialismo, acelerando la aprobación y concentrando el control.
¿Legalidad o simulacro?
La ratificación legislativa, antes criticada por la industria minera como una intromisión de “no expertos”, ahora es celebrada porque se da por descontado el apoyo parlamentario. La legalidad, en este caso, parece más una formalidad que una garantía de protección ambiental.
La ley 7722, que nació como escudo ciudadano, corre el riesgo de convertirse en un decorado institucional. Si se aprueba el proyecto San Jorge sin cumplir con los requisitos técnicos y participativos que la ley exige, estaremos ante una legalidad minada: una norma vaciada de contenido, usada como coartada para legitimar lo que en esencia vulnera el espíritu democrático y ambiental que le dio origen.
El desafío que viene
La ciudadanía mendocina ya demostró que puede torcer el rumbo cuando se vulneran sus derechos. Hoy, más que nunca, se necesita vigilancia activa, articulación social y acción judicial. Porque si la ley 7722 cae por la vía del simulacro, no será solo una derrota legal: será una señal de que el poder puede vaciar de sentido incluso las conquistas más legítimas.
Y eso, en tiempos de crisis ecológica global, no es solo un problema local. Es una advertencia.
Eduardo Sosa
Licenciado en gestión ambiental y consultor en sostenibilidad
Te puede interesar
Sólo 10% termina la secundaria en tiempo y forma
Un informe nacional reveló que de 100 alumnos que iniciaron primer grado en 2013, solo 10 culminaron la secundaria en 2024 con aprendizajes adecuados.
Cobos: Del discurso a los hechos
La distribución no la hace el mercado como lo expresó el presidente en el envío del presupuesto anterior, sino el Presupuesto, definiendo prioridades.
La implementación de los bitrenes en Argentina, según Aprocam
Los camiones bitrenes consisten en un camión tractor que arrastra dos remolques, con los que se puede transportar un mayor volumen de carga.
Acuerdo Educativo: avances y deudas en el cumplimiento de las prioridades educativas
Argentinos por la Educación midió el progreso de las prioridades pactadas en 2024 en el Acuerdo por la Educación. El documento muestra avances en la cobertura en nivel inicial y también deudas como las trayectorias de los estudiantes de secundaria, además de la calidad de los aprendizajes en general.
Partido de Jubilados de Mendoza criticó alianzas políticas
La nueva “Alianza”: La Libertad Avanza con la UCR, y el Kirchnerismo con el Peronismo, lo mismo de siempre, afirman desde el partido mendocino de jubilados.
El reclamo de los jubilados llegó al Congreso
El Partido de los Jubilados celebró que la lucha iniciada por adultos mayores y sus familias haya logrado trascender fronteras partidarias y movilizar a otras fuerzas políticas a acompañar este reclamo histórico.
Caso Adriana: "La vida de los jubilados no puede esperar"
Por el caso de una enferma oncológica de 67 años, desde el Partido de los Jubilados exigen que PAMI entregue medicación y restablezca las prestaciones gratuitas.
Preocupación por restricciones a la cobertura periodística
Durante la audiencia, el juez Rodrigo Sebastián Martearena reiteró la prohibición de tomar fotografías o realizar capturas de pantalla citando la Acordada 342/20 de la Corte Suprema de Justicia provincial