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Se trata de una iniciativa de la comuna que conduce Ulpiano Suárez, que impulsa a los frentistas para recomponer sus fachadas con mano de obra municipal.
Política24/04/2025El Concejo Deliberante aprobó el proyecto del intendente Ulpiano Suarez para la concreción de esta iniciativa mediante la Ordenanza 4204/25. La medida ya entró en vigencia y ya se publicó el Decreto Reglamentario 439.
Cumpliendo con una iniciativa del intendente Ulpiano Suarez, anunciada en el reciente Discurso Anual de Apertura de Sesiones del Concejo Deliberante, en la que expresó: “Pasamos a la acción y presentamos el programa Mejores Fachadas, a partir del cual nos involucramos y acompañamos a los frentistas para recomponer sus fachadas con mano de obra municipal”, el municipio lanza este programa en el que se articula un trabajo en conjunto entre los vecinos y la comuna.
Tal anuncio se hizo realidad con la aprobación de la ordenanza 4204/25, mediante la cual se crea el Programa Mejores Fachadas. Este consiste en la intervención de las mismas, con frente a la vía pública de inmuebles de dominio privado, afectadas por la realización de grafitis, pintadas, manchas, garabatos, escritos, inscripciones, grafismos o pegatinas, entre otras, en un trabajo colaborativo entre el vecino afectado y el municipio, para embellecer la Ciudad. Además la norma 4204 aprobada, endurece las sanciones a los infractores.
La medida entró en vigencia esta semana y, a su vez, este miércoles se publicó en el Boletín Oficial el decreto reglamentario N° 439, que explica la modalidad de participación. Para ello, aquellos vecinos y comerciantes que quieran sumarse al programa deberán cumplir con los requisitos establecidos y completar el formulario que figura en este enlace.
La intervención prevé tareas de pintura, remoción o lavado según correspondiere. El propietario frentista aportará la pintura y la totalidad de los materiales que sean necesarios para concretarlo. La Municipalidad proveerá la mano de obra pertinente para la ejecución de los trabajos, sin cargo para los propietarios. No se incluirá la realización de trabajos de albañilería como revoques o similares, los que, en su caso, deberán ser efectuados por los vecinos solicitantes.
Es importante destacar que los grafitis son actualmente uno de los principales problemas estéticos a los que se enfrentan gran cantidad de viviendas y edificios de la Ciudad. Por fuera de los murales y las obras que se hacen con autorización, en los últimos años han crecido las intervenciones clandestinas con pintura y productos similares en comercios y edificios del centro de Mendoza. No obstante el trabajo en conjunto propuesto en el programa, se seguirá trabajando en la concientización y repudio de este tipo de hechos.
En tanto, el artículo 21º del Código de Convivencia aprobado por Ordenanza Nº 3877/14 prohíbe la realización de todo tipo de grafito, pintada, mancha, garabato, escrito, inscripción o grafismo, con cualquier materia (tinta, pintura, materia orgánica, o similares) o bien rayando la superficie, sobre cualquier elemento del espacio público, así como en el interior o el exterior de equipamientos, infraestructuras o elementos de un servicio público e instalaciones en general, equipamientos, mobiliario urbano, árboles, jardines y vías públicas en general, estableciendo en el artículo 22º las sanciones a tal efecto. Y establece, asimismo, que quedan excluidos los murales artísticos que se realicen con autorización del propietario y con previa comunicación a la autoridad municipal.
La Ordenanza Nº 4136 que crea el Jurado Vecinal establece que el mismo tiene por objeto juzgar determinadas infracciones al Código de Convivencia Ciudadana, entre las que se encuentran las del artículo 21° señalado anteriormente. En este marco, el Jurado ha intervenido en cantidad de casos en los cuales consideró responsables a los presuntos infractores sometidos al procedimiento y en otros, mediante acuerdo conciliatorio previo, los responsables realizaron trabajos de reparación de los muros vandalizados e incluso efectuaron obras de arte que embellecieron dichos espacios, contando ello con la aprobación de los vecinos de la zona.
• El vecino debe acreditar la titularidad del inmueble. En caso de ser inquilino/locatario, deberá presentar el consentimiento del propietario.
• Debe tratarse exclusivamente de los muros que se encuentren frente a la vía pública, es decir los considerados “Fachada” del inmueble, que estén afectados por la realización de grafitis, pintadas, manchas, garabatos, escritos, inscripciones, grafismos o pegatinas según tipificación del artículo 21° del Código de Convivencia. En ningún caso las tareas se realizarán dentro del inmueble.
• Los inmuebles registrados bajo el régimen de propiedad horizontal podrán participar del programa creado, siempre que el consorcio cuente con personería jurídica pertinente acompañado de acta de aprobación de los trabajos por parte de los propietarios en caso de corresponder.
• Poseer libre deuda por el padrón municipal del inmueble a intervenir o situación regularizada de tasas por servicio a la propiedad raíz (generación de un plan de pagos).
Consideraciones generales:
• El vecino deberá comprar todos los materiales requeridos, en el tiempo y con las calidades y cantidades solicitadas por el personal municipal.
• Es exclusiva responsabilidad del vecino el cuidado y custodia de los materiales necesarios para llevar a cabo las tareas.
• La señalización del área de trabajo estará a cargo del vecino.
• Los vecinos tendrán que inscribirse descargando el formulario que se encontrará disponible en la página web del municipio, completarlo, firmarlo y remitirlo vía mail a Ventanilla Única del municipio [email protected] donde se generará un Expediente electrónico con la solicitud, que será remitido a la Coordinación de Obras por Administración para su análisis.
• La Coordinación de Obras por Administración realizará inspección para evaluar los trabajos y realizar el cómputo métrico con detalle de materiales requeridos, tiempo de ejecución y todo otro dato pertinente. Esto será enviado por correo electrónico, junto con la solicitud de adhesión a suscribir por el vecino.
• El vecino, vía mail, deberá confirmar los trabajos, enviando la solicitud de adhesión suscrita, donde aceptará las condiciones y los beneficios del programa. La Coordinación de Obras Por Administración incorporará al expediente dicha solicitud y otorgará un turno para la realización de los trabajos. Previo al inicio de las tareas, los materiales y la colocación de malla de seguridad, deberán estar ya adquiridos por el vecino.
• Los trabajos comenzarán una vez que se haya verificado que los materiales son los requeridos oportunamente, se labrará acta de inicio y se establecerá un plazo para la ejecución de los trabajos.
• Concluidos los trabajos, se labrará acta de finalización que será complementada con fotografías de lo efectuado y detalle de los trabajos realizados.
Esta iniciativa es un esfuerzo conjunto entre el municipio y la comunidad para mantener limpia y ordenada la Ciudad de Mendoza. De esta forma, no sólo se acompaña a los propietarios afectados, sino que también se logra mejorar el paisaje urbano y contribuir a una comuna más disfrutable para todos.
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