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El legislador nacional presentó en la Cámara de Diputados, un proyecto para actualizar, mejorar y hacer más eficiente la Ley de Financiamiento Educativo.
Política17/02/2023“Argentina tiene una tradición importante en cuanto a legislación sobre aspectos relacionados a la Educación. Una de esas leyes, surgida de un amplio consenso y con metas y objetivos claros, fue la Ley 26.075 de Financiamiento Educativo, que introdujo cambios importantes en materia de financiamiento y articulación Nación–provincias.
Por ejemplo, estableció un aumento de la inversión educativa con metas anuales en términos de porcentaje del PIB, como también definió el aporte de la Nación -un 40%- y de las provincias -un 60%- en ese aumento. También, se estableció el destino prioritario del aumento de la inversión en términos de metas educativas, por ejemplo, la inclusión del 100% de los niños y niñas de 5 años en el nivel inicial, el acceso a escuelas primaria de jornada extendida por parte de al menos el 30% de los alumnos, incorporación de Tecnología de la información y comunicaciones, entre otras”, explicó el diputado nacional.
“Hoy, a 18 años de la promulgación de esa ley, ha llegado la hora de rediscutirla, actualizarla y mejorarla. Insisto en este punto, es una muy buena ley por eso partimos de la misma base para proponer modificaciones; contamos con la ventaja de poder analizar lo sucedido en estas casi dos décadas de vigencia de la ley 26.075. En este sentido, detectamos problemas que queremos subsanar; por un lado, el bajo aporte de Nación al sistema inicial, primario y secundario, por otro el nivel de discrecionalidad en el sistema de transferencia y la falta de planificación de los programas”.
En relación al cumplimiento de la meta de financiamiento, Cobos detalló que “las políticas educativas financiadas por el Estado nacional -es decir el 40% que éste aporta- se organizan en diferentes programas presupuestarios; con nuestra propuesta buscamos mejorar los fondos que computa la Nación para el cumplimiento de esta ley, y que pueda verse reflejado en una mejor distribución de los mismo en todo el sistema educativo y no como sucede en la actualidad que se concentra principalmente en las universidades, lo que resulta en un desfinanciamiento en los sectores más concentrados como son el nivel inicial, primario y secundario”.
“Queremos solucionar un problema concreto de la presente ley: la inequidad vertical en el financiamiento de la educación inicial, primaria y secundaria. Hay 10,5 millones de alumnos en el nivel inicial, primario y secundario, de los cuales el 70% concurren a establecimientos públicos. El nivel inicial, primario y secundario representa al 75% del sistema educativo argentino, y el 25% restante lo completa el nivel terciario y universitario”.
“El financiamiento de esta población de alumnos se realiza en un 90% con recursos provinciales, y sólo un 10% con recursos aportados por Nación. Esto es unos de los puntos más importante que buscamos mejorar, si logramos transformarla en ley, en la práctica el financiamiento de los POA -plan operativo anual- se triplicaría en relación a la actualidad”.
“El otro gran problema que queremos corregir es la alta discrecionalidad y débil planificación en la asignación de los fondos nacionales destinados a las provincias. La asignación de cada crédito provincial es discrecional, no responde a parámetros de distribución conocidos. Con esta nueva ley en materia de equidad se establece que los fondos a distribuir -hoy discrecionales- deben asignarse bajo un índice específico que contenga los diferentes principios de reparto: como la distribución nacional de la matrícula y de la población no escolarizada, la capacidad financiera de las Provincias y de la CABA, la incidencia de la sobre edad escolar, la tasa de repitencia y la tasa de desgranamiento educativo, entre otras”.
Otro gran problema que presenta la ley es la sub-ejecución de las partidas asignadas a los diversos programas que integran el POA., ya que las provincias elevan este a principios de cada año y se aprueban varios meses después. Para ello, los convenios bilaterales deben integrar la Ley de Presupuesto de cada año, acompañado con la evaluación del grado de cumplimiento de las metas fijada del ejercicio anterior antes del 30 de septiembre del año anterior a su ejecución. Esto evitará dilatar la ejecución de los fondos, mejorando la asignación, planificación y evaluación de los recursos”.
Finalmente, Cobos expresó que “Creemos que es parte de las asignaturas pendientes que debemos solucionar, es decir una mayor inversión de la nación en los sectores más concentrados, un seguimiento de las metas establecidas, y una mejor distribución y planificación de los recursos”.
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