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Condenan a un hombre por divulgar imágenes íntimas

Diego Oliveri fue condenado en San Luis por amenazas, lesiones y difusión de imágenes íntimas de su expareja. Otra imputada fue sobreseída por acuerdo.

Policiales07/08/2025Periodistas CuyoNoticiasPeriodistas CuyoNoticias

IMG_9332El juez Ariel Gustavo Parrillis, en función unipersonal del Tribunal de Juicio, condenó este miércoles a Diego Alejandro Oliveri a dos años y tres meses de prisión efectiva por los delitos de amenazas, distribución indebida de correspondencia y lesiones leves calificadas por el vínculo y por mediar violencia de género, en perjuicio de su expareja, Gabriela Fernández Aberastain.

La sentencia fue dictada en la ciudad de San Luis tras un juicio oral en el que se expusieron los hechos ocurridos desde el 13 de abril de 2020, cuando comenzó la viralización no consentida de un video íntimo de la víctima.

Según detalló la Fiscalía, el video fue enviado inicialmente a la entonces pareja de Aberastain, y luego circularon mensajes intimidantes por parte del imputado, quien además advirtió: “Tatiana te va a arruinar la vida”, en referencia a la otra persona acusada en la causa.

Antes de conocer el veredicto, Oliveri declaró:

“Si alguna acción dañó a alguien, pido disculpas. Lo lamento. No soy peligroso para nadie. Sufrí un ACV en 2019 y este juicio me encuentra rehabilitándome”.


Pese a que su defensa había solicitado la absolución o, en su defecto, una condena en suspenso, el tribunal consideró la gravedad del daño causado a la víctima y la afectación a su imagen personal y familiar como agravantes para imponer una pena de cumplimiento efectivo.

 
Sobreseimiento para la otra acusada, Tatiana Yacarini
La otra imputada, Tatiana Yacarini, también expareja de Oliveri, fue sobreseída luego de presentar un acuerdo conciliatorio, aceptado por la víctima, la querella y la Fiscalía. Al cumplirse con lo establecido en la ley, se extinguió la acción penal en su contra.

Yacarini pidió disculpas públicamente ante el tribunal y negó haber tenido intención de dañar a Aberastain o a sus hijos.

“Soy mamá y abuela. Nunca quise amenazarlos. Estuve cinco años en silencio por consejo de mi anterior abogado”, expresó. También afirmó haber sido víctima de violencia por parte de Oliveri.
 
Qué dice la ley sobre conciliación penal
El Código Penal argentino, en su artículo 59 inciso 6, permite la extinción de la acción penal mediante conciliación o reparación integral del daño. Esta herramienta, reforzada en San Luis por el artículo 223 del nuevo Código Procesal Penal, promueve soluciones alternativas a conflictos judiciales y contribuye a agilizar procesos, siempre que la víctima esté de acuerdo.

 
El impacto en la víctima
Durante el alegato, el fiscal Ricardo Barbeito expuso las graves consecuencias que sufrió la víctima tras la difusión del video. Aberastain, profesora y campeona de fitness, no pudo volver a trabajar, incluso de forma virtual, y atravesó un periodo de encierro y tratamiento psicológico. El contenido llegó a sus hijos, quienes también sufrieron consecuencias en su entorno escolar.

La causa incluyó medidas de restricción e imputaciones adicionales por su presunto incumplimiento, en un proceso marcado por denuncias de violencia de género y un fuerte impacto emocional en la víctima y su entorno familiar.

 

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